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Formación continua

La formación permanente del abogado

Los abogados deben tener una formación al mejor nivel. Sólo la formación permanente salvará a la profesión”. La frase fue citada en un tuit por Carlos Carnicer, presidente de la Abogacía Española, el pasado 16 de septiembre a cuenta del inicio del curso escolar 2015-2016. Y qué razón lleva, podemos añadir.

Puestos a tirar de frases que conecten el éxito profesional con el aprendizaje continuo encontraríamos miles de ejemplos en boca de personas que alguna vez hicieron bueno este principio: “Aprender es como remar contra corriente: en cuanto se deja, se retrocede”, dijo el compositor británico Benjamin Britten (1913-1976), más conocido por su impagable ‘Guía de orquesta para jóvenes’ (1946), una obra didáctica en la que adentra al profano en las características de cada sección de una formación musical de este tipo.

La idea de Britten es universal y aplicable a cualquier campo de actividad o conocimiento y entronca perfectamente con lo apuntado por Carnicer, quien al hablar de formación permanente nos recuerda que nunca es suficiente el conocimiento de una materia, o la destreza en una habilidad profesional, como para poder sostener que con lo que sabemos de esto o aquello nos basta.

Y no tanto porque no sea válido para atender una necesidad referida a nuestro trabajo, como porque puede ser que quien recibe el fruto de nuestro desempeño —un cliente, el despacho, la empresa o la administración para la que trabajamos, en el caso del letrado— espere de nosotros ‘algo’ más. Ese plus, también llamado excelencia, que distingue a los malos de los regulares, a los regulares de los buenos y a los buenos de los mejores.

El aprendizaje continuado —el reciclaje en estos tiempos— no deja de ser, por lo demás, la expresión de una actitud proactiva en la vida. Receptora ante nuevas interpretaciones del derecho, favorable al debate y curiosa —cuando menos— para bucear en las características de esta o aquella herramienta informática, tratando de averiguar si realmente puede hacernos más competentes.

El abogado del siglo XXI no puede conformarse con el simple manejo de las materias asidas durante su carrera y uno o varios posgrados. Esta base y la aportación de su práctica laboral posterior pueden hacerle pensar que son suficiente soporte. Nada más lejos de la realidad, nunca estará de más el aprendizaje adicional: cursos, jornadas, sesiones prácticas —presenciales o virtuales— o la simple asistencia a una vista como espectador son recursos tan frecuentes como diversos. Elegir adecuadamente ‘casi’ es el único requisito que debemos valorar.

De ahí la idea expresada por Britten cuando contrapone movilidad a retroceso. Una corriente que fluye frente a un estanque con agua que acabará, inevitablemente, empozada y luego putrefacta. La predisposición a la formación, al cabo, sería la admisión de que siempre queda algo nuevo cuyo conocimiento, en el peor de los casos, nos servirá para apuntalar ciertas certezas fundamentales. Y en el mejor, para hacer frente al día siguiente con un extra de autoestima que ninguna otra clase de estímulo puede superar.

 

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Redes sociales

Redes sociales y privacidad del abogado

La explosión del número de redes sociales y la popularización de su uso generan, por populares, debates frecuentes e interminables sobre sus virtudes y sus defectos. Y como es natural en el análisis del comportamiento social, a cuenta del valor de un perfil determinado y de cómo manejarse, en pocos puntos encontramos posiciones comunes.

Las más de las veces, tratar de dar con un código de conducta adecuado nos conducirá hasta un escenario donde una legión de expertos —más o menos cualificados, así que más o menos solventes— tratan de escalar en la clasificación de ‘voces autorizadas’ a fuerza de consejos u opiniones con un indisimulable aroma de cátedra.

Que los juicios se apoyen en la evidencia empírica o que tengan un cierto sustento de análisis estadístico llega a ser lo de menos cuando no se trata tanto de orientar como de ser popular o famoso a través de la diagnosis. También en este mundo de las redes, los ‘gurús’ pueden ascender posiciones sin reparar en la ligereza del mensaje emitido… todo sea por el éxito profesional.

Llegados a ese punto, ¿cuál debe ser la conducta de un abogado en las redes sociales? ¿Debe separar completamente su imagen personal de la profesional gestionando, de esa manera, un perfil o una red para cada caso? ¿O bien puede mezclar lo privado y lo laboral dando por hecho que eso es lo ‘socialmente’ aceptado por el resto de la comunidad?

No hay una única respuesta porque en materia de comportamiento y relaciones sociales pocas veces podemos arriesgarnos a dar algo por sentado. Algo tan inocente, en apariencia, como publicar un tuit expresando nuestra repulsa hacia el discurso de un político, la opinión de un futbolista famoso o la calificación de la última película vista hará que otro nos encasille en un arquetipo en el que probablemente no nos veamos representados. Y de ahí a que se nos descalifique en el ámbito profesional puede que sólo haya un paso. Tan injusto y precipitado como incorregible después.

Más allá de la teoría en esta materia, que —como es natural en el mundo de Facebook, Twitter, Instagram o Linkedin— ‘acaba’ de nacer y evoluciona a una velocidad que somos incapaces de asimilar, también en esto de administrar perfiles —decidiendo estrategias e imponiéndonos límites— bien podría aplicarse el pensamiento clásico, al que tanto nos acercamos en nuestros tiempos universitarios.

Las pasiones y el placer no siempre concuerdan con la racionalidad: no son en sí mismas negativas, pero deben estar en la armonía y en la medida que la razón les dicta”, dijo Sócrates acerca del comportamiento ético. Llegado el momento de lidiar en la plaza de las redes sociales, un tanto de sentido de común y otro de reflexión antes de pulsar el ‘enter’ pueden ahorrarnos más de un disgusto en forma de pérdida de un cliente o de la misma credibilidad. Que no se sabe que es peor.

 

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Solidaridad internacional

Otra forma de solidaridad

La vuelta a la actividad en despachos y juzgados ha estado marcada por algunos hechos que, de una forma u otra, tienen que ver con las leyes y su aplicación. Las últimas semanas de agosto y lo queda, climatológicamente hablando, del estío han traído al primer plano de la actualidad acontecimientos que tocan ramas del Derecho bien distintas aunque igual de apasionantes.

En ámbitos distintos, pero más o menos en la portada de informativos y periódicos, han convivido la amenaza secesionista en Cataluña  —y la anunciada y apresurada reforma de la Ley del Tribunal constitucional que tramita el Gobierno de España—, el asesinato de dos mujeres en Cuenca —y las derivadas de la captura en Rumanía del principal sospechoso de darles muerte— y el aluvión de llegadas a territorio de la Unión Europea de sirios, iraquíes y afganos de huidos de las guerras que asolan sus países de origen.

Puede que por descarnado sea éste último el que más ha llamado la atención en nuestro entorno más cercano, por más que durante años vivimos en Canarias el drama de la inmigración forzada que protagonizaron naturales del África subsahariana llegados en centenares de pateras a las Islas.

Ahora, las oleadas de miles de asiáticos malamente contenidos en las fronteras al Sureste del continente han aguijoneado nuestras consciencias para recordarnos que a esta parte del mundo vivimos en un estándar de bienestar que, por más que la crisis ha erosionado, se antoja el deseable para otra azotada por la guerra o el fanatismo, cuando no, sencillamente, por el hambre y la ausencia de oportunidades de trabajo y desarrollo personal.

Mientras se resuelve el debate público abierto entre los gobiernos de la Unión a cuenta del número de refugiados que cada estado se ‘puede’ permitir, organizaciones del tercer sector y administraciones regionales y locales se han apresurado a ofrecerse para acoger a familias de refugiados. No han sido pocos, además, quienes a título particular se han mostrado dispuestos a compartir techos y comida con quienes llegan —exhaustos y sin medios— a la vieja Europa.

En estos días frenéticos que vivimos, la Abogacía Española ha puesto en marcha una iniciativa que no podemos por menos que hacer nuestra. Así, el Consejo General ha habilitado un registro de abogados especializados en materia de inmigración y asilo que pondrá a disposición de las autoridades españolas y de la misma UE para prestar asistencia jurídica a refugiados y personas desplazadas. Los letrados que deseen formar parte de este registro deben dirigirse a registro.asilo@abogacia.es.

El paso dado por nuestra organización colegial servirá —al margen de reforzar la ayuda de primera mano para personas que no tienen medios económicos ni conocimiento de las leyes y tratados que les amparan— para recordar a la clase política los reiterados incumplimientos en materia de protección de derechos fundamentales que se vienen produciendo en el trato de los refugiados llegados este verano con puerta de entrada en Grecia.

 

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Lecturas de verano

10 consejos para leer en verano

La llegada del mes de agosto nos presenta en nuestras Islas el cuarto punto y aparte del año, laboralmente hablando, tras el Carnaval y la Semana Santa. Al margen del casi interminable listado de cosas para hacer —o por hacer— de estos días volvemos a realizar para los aficionados a la lectura un decálogo de propuestas en forma de novelas o ensayos. Esta vez sin un trasfondo común, la relación será heterodoxa. Como siempre decimos, no son las tablas de la ley y sólo esperamos que el decálogo les recompense con ese título ameno siempre buscado.

 

‘Mr. Holmes’ Arthur Conan Doyle puede que nunca imaginase que casi un siglo después de que firmara su última entrega sobre el archiconocido detective, otro escritor (Mitch Cullin) fabulara sobre los últimos días de Holmes. Una granja en Sussex en los años posteriores a la II Guerra Mundial sirven de escenario de una novela tan interesante como de fácil lectura. (Roca Editorial)

 

‘Como hablar de dinero’ El periodista y novelista británico John Lanchester hace su segunda incursión en el ensayo sobre el mundo de la economía y las finanzas. Si ya consiguió dibujar con un lenguaje entendible la ciclogénesis explosiva de la crisis de 2007-2008 (‘Huy! Por qué todo el mundo debe dinero a todo el mundo y nadie puede pagar’) ahora vuelve a sorprender con otra mezcla de didáctica y crítica a partir de un a subtítulo sugerente: lo que dice la gente de las finanzas y lo que de verdad quiere decir. (Anagrama­)

 

Blitz’ La generación nacida en los segunda mitad de los sesenta y la primera de los setenta encuentra en las historias de David Trueba (antes guionista exitoso y luego novelista de mejores facturas) un punto de coincidencia con sus peripecias adolescentes o sus primeros pasos en la madurez. Con ‘Blitz’ comprobamos que la novela breve no equivale necesariamente a ligereza. (Anagrama)

 

‘Presidentes de Estados Unidos’ Los amantes de la historia alejada del lenguaje académico, las multicitas al pie y los inacabables índices onomásticos tienen la ocasión de acercarse —y entender— la evolución de los Estados Unidos de América con la propuesta elegida por Javier Redondo, profesor de Ciencia Politica y director de la revista ‘La ventura de la historia’. De George Washington a Barack Obama, 43 pequeñas biografías de los primeros mandatarios desde 1776 a hoy. (La Esfera de los Libros)

 

‘Mi vida querida’ La concesión del premio Nobel de Literatura a la escritora canadiense Alice Munro le asomó al mercado español de masas para fortuna de quienes desconocían su magisterio para hablar sobre la intimidad lejos de tópicos y sensiblería. La opinión de Antonio Muñoz Molina lo explica mejor: “La lectura que piden los cuentos de ‘Mi vida querida’ no es la de la prosa sino la de la poesía… una revelación de algo que no se agota porque está en las palabras y un poco más allá de ellas.” (Lumen)

 

‘El mundo de Sofía’ Regalo ‘obligado’ para preadolescentes de medio mundo, la novela del noruego Jostein Gaarder tiene el mérito de haber conjugado, acertadamente, rigor y amenidad en una narración donde una joven irá conociendo su propia identidad mientras descubre la capacidad humana de hacer preguntas a través de un recorrido —apasionante— por la historia del pensamiento filosófico. (Siruela)

 

‘Economía para andar por casa’ Quienes siguen en Onda Cero al catedrático de Historia del pensamiento económico Carlos Rodríguez Braun no pueden sorprenderse de su capacidad para mutar de arcano a entendible las cosas del dinero. En este ensayo coescrito con los periodistas Olvido Macías, Ignacio Rodríguez Burgos y Pedro Pablo González se sintetizan las dudas más comunes de cualquier ciudadano para convertirlas en preguntas que se responden de forma sencilla y clara. (Lid)

 

‘El caso del cliente de Nouakchott’ El tinerfeño Jaime Mir creó una pequeña legión de incondicionales con esta novela negra ambientada en el Santa Cruz de Tenerife de los ochenta alrededor de un inclasificable detective privado. Recibida en origen como finalista del premio de novela Benito Pérez, fue reeditada hace unos años como reconocimiento a una factura tan sugestiva. La cofradía de Mir (una suerte de Harper Lee local) espera ansiosa su regreso. (Oristán y Gociano Editores)

 

‘Los señores del límite’ Selección de poemas y ensayos de Wystan Hugh Auden, es una obra impagable para los amantes de la poesía y la prosa poética. A lo largo de sus poemas y ensayos nos adentramos en algunos de sus temas más habituales: el tiempo como proceso diacrónico y la labor de zapa que hace en la naturaleza del ser humano. (Galaxia Gutenberg-Círculo de Lectores)

 

‘Cómo ser marido’ Tim Dowling, escritor y periodista estadounidense, firma esta guía de uso y consejos para los hombres modernos. La ironía es el ingrediente principal de esta novela, escrita por un autor que en su columna semanal en el periódico británico ‘The Guardian’ ya desgrana habitualmente, y en clave de humor, las vicisitudes de su propio matrimonio. Advierte Dowling: “El libro debe leerse como un choque personal entre mi mujer y yo”. (Anagrama)

 

¡Feliz verano y feliz lectura!

 

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Barómetro

A cuenta del Barómetro Interno de la Abogacía

El VI Barómetro Interno de la Abogacía, presentado esta semana por el presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Carlos Carnicer, y el presidente de Metroscopia, José Juan Toharia, pone negro sobre blanco el estado de ánimo de nuestra profesión. Con la fiabilidad que da la muestra, y quien la realiza, y la perspectiva que otorga la posibilidad de comparar la foto respecto de otros años, la encuesta confirma percepciones que en cualquier corrillo de letrados se manifiestan repetidamente.

Así, el 85 por ciento de los consultados reconoce que la crisis ha provocado “serias dificultades económicas” en los despachos y que la Justicia padece “una crisis muy grave y profunda”. Mientras, una práctica unanimidad considera “muy elevada” la corrupción de la vida pública y nueve de cada diez cree que la Justicia gratuita debe financiarse exclusivamente con los Presupuestos Generales del Estado y no mediante tasas.

Descubre también el barómetro otras prácticas arraigadas entre nuestro colectivo, la más llamativa el uso generalizado (79%) del carné colegial con firma electrónica, un reconocimiento explícito de la importancia que da nuestro colectivo al uso de las herramientas ligadas al mundo digital.

No obstante puede que una de las más llamativas sea que un 68 por ciento de los abogados crea que el funcionamiento de la Justicia se realice al modo más conveniente para jueces y juristas, y no de acuerdo a un modelo que buscara lo más cercano y útil para el ciudadano.

Esta suerte de visión endogámica del oficio entronca con un modelo de gestión que aún conserva usos y costumbres demasiado antiguos —en el algún caso herencia intocada del siglo XIX— que, por más que ha sido denunciados, no ha desaparecido de la praxis diaria de este o aquel juzgado, confirmando que siquiera las recomendaciones más ponderadas para eliminarlos han dado fruto.

Es esa costumbre, tan de nuestra administración pública por otra parte, de no concebir el trabajo funcionarial o estatutario como un servicio en el que lo primero debería ser el interés del administrado —o el justiciable— y no la mejor conveniencia de quien está al otro lado de la ‘ventanilla’.

Sin ánimo de caer en una generalización que sería infundada, lo que late de este pulso de la abogacía tiene más de lamento por un escenario que se resiste —a veces de manera decidida— a transformarse al amparo de una sociedad que camina con otras maneras, que a señalar a identificar protagonistas concretos de la molicie. Y como quiera que destacadas voces de la Judicatura también han advertido sobre la imperiosa necesidad de renovar el funcionamiento de la oficina judicial y hasta el mismo acceso a la condición de juez, más se entiende nuestra posición y menos la resistencia al cambio.

 

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Reforma del Código Penal

Reforma del Código Penal: la que se avecina

La entrada en vigor, este 1 de julio, de la reforma del Código Penal y de la nueva Ley de Seguridad Ciudadana abre un escenario apasionante para nuestra profesión. Los abogados penalistas ya han advertido repetidamente de la cantidad y enjundia de los cambios que operan a partir de ahora: faltas que pasarán, literalmente, a desaparecer de nuestro ordenamiento; faltas que pasarán del orden penal al administrativo y otras que mutan a delitos leves… la lista de cambios confunde al no iniciado y aun obliga a una lectura repetida a cualquier letrado.

La polémica que ha rodeado esta reforma, por otra parte, asegura, aún más, que sus efectos no pasarán desapercibidos. Que el Gobierno del Partido Popular no haya encontrado consenso con ninguna formación de la oposición mantendrá en el primer plano de la actualidad las consecuencias de la aplicación del nuevo Código Penal. Y que en noviembre está prevista la convocatoria de elecciones generales acrecienta la posibilidad de que ésta, también, sea otra ley traída al debate público en los próximos meses.

Como es natural en cualquier proceso de cambio, la reforma concebida en origen por Ruiz-Gallardón y defendida en la tramitación en las Cortes por su sucesor, el ministro Rafael Catalá, tiene a priori, pros y contras, más allá de que el tiempo nos conceda una perspectiva suficiente para saber si lo uno o lo opuesto acaba por dar la razón a defensores o detractores.

Entre los primeros, se apunta la conveniencia de sacar de los juzgados de Instrucción asuntos banales o de escasa trascendencia —por el camino, volvemos a quedarnos ‘in albis’ ante la repetida demanda de reforzar el proceso de mediación en nuestra arquitectura legislativa— siguiendo el principio, más consensuado, de la mínima intervención del Derecho Penal.

Al hilo de ese argumento, las estimaciones iniciales del Gobierno apuntan a que los jueces perderán la potestad sobre cerca de tres millones de infracciones, obligándose, de paso, a revisar —cuando no a archivar— miles de procedimientos de faltas ahora abiertos. Y esta primera lectura ya ha provocado opiniones contrapuestas que no ven oro reluciente en lo que el Ejecutivo apunta como principal efecto positivo de la reforma.

Así, Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales sostienen que la modificación del Código Penal hará perder garantías al ciudadano al resolverse como un expediente administrativo lo que antes se dirimía en sede judicial. La ulterior reclamación en la vía de lo contencioso impide, a juicio de estos colectivos, “el control inmediato de las libertades públicas”.

En nuestra organización no nos reconocemos capaces de abrazar, ‘ex ante’, ninguna de estas diagnosis. Lo que asoma, por ahora, parece más la voluntad de unos por vendernos estos cambios como un elixir que, a la vuelta del verano, desatascará los juzgados de instrucción ‘a golpe de BOE’ y la de otros por poner la venda antes de la herida. Por muy nobles que fueran ambos discursos en su formulación, el velo de complejidad con el que ha amanecido este 1 de julio haría necesario un cierto recorrido para comprobar los efectos, beneficiosos o perniciosos, del nuevo CP y la Ley de Seguridad Ciudadana.

 

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Todos tenemos agenda

El tiempo es oro y todos tenemos agenda

Que la Justicia en España es perfectible ya lo sabíamos. Vacíos legales e incoherencias normativas, carencia de material y de personal son sólo algunas de las fallas de un sistema que padecemos a diario, pero con el que, no obstante, tenemos que lidiar. Con buena cara las más de las veces, con la paciencia de un Job cualquiera otras y con la vana esperanza de que las cosas, ‘mutatis mutandis’, vayan cambiando a mejor.

Entre tanto, como organización colegial no podemos resignarnos porque ya se sabe que las quejas y los esfuerzos inútiles conducen a una melancolía poco recomendable. Bajo la premisa de que “todos tenemos agenda” y nuestro tiempo vale dinero, estamos poniendo en marcha una iniciativa denominada Infojuzgado. Un proyecto concebido con el objetivo de ayudar a solucionar el problema de los continuos retrasos y demoras que padecemos los abogados cuando nos toca personarnos en los juzgados y tribunales de esta provincia.

Infojuzgado es una app para móviles, que a partir del mes de septiembre se podrá descargar tanto en la tienda de Apple como en la de Google Play con información en tiempo real sobre los retrasos en los juzgados, que se irá alimentando de una base de datos que sistematice las demoras producidas en cada sede judicial. Mediante la app ‘Infojuzgado’, el ICATF pretende ofrecer un canal rápido y sencillo donde el profesional pueda informarse del tiempo medio de retrasos en una sala determinada.

Para poner en marcha Infojuzgado necesitamos la colaboración de todos los colegiados de la provincia, que ya han empezado a enviarnos la información sobre los retrasos sufridos a nuestra línea interna de Whatsapp sólo para profesionales colegiados. Así cada letrado podrá denunciar los retrasos que sufra, facilitando de esta manera una información muy valiosa que hará más visible un problema que por repetido no deja de afectar al común de nuestra profesión Cuando la app esté en marcha, el profesional podrá consultar la información sobre un juzgado concreto y servirá, además, para realizar informes o evaluar la realización de otras acciones que ayuden a acabar con estas disfunciones.

Somos conscientes de que esta novedosa app no servirá, por sí sola, para hacer de la puntualidad una seña de identidad de nuestros juzgados, pero en una época en la que las nuevas tecnologías ofrecen vías de comunicación y herramientas de trabajo inimaginables hace unos pocos años, no podíamos darles la espalda y optar por la simple resignación.

Por eso aprovechamos para invitar a los colegiados de esta provincia, una vez más, a informar de los retrasos sufridos en una sala a través de Whatsapp (619209371) o por email (todostenemosagenda@icatf.es). Porque el tiempo es oro… también en los juzgados.

 

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Lectura profunda

Lectura profunda y Justicia electrónica

La Administración de Justicia en España parece haber puesto la quinta marcha en la conversión de la mayoría de sus procedimientos del papel al ordenador. El Plan 2015 para la aceleración de la Justicia en entornos digitales, presentado el pasado marzo por el ministro Catalá, es la herramienta para eliminar trámites hasta ahora presenciales y aunque ya se han encendido algunas alarmas que cuestionan su efectiva aplicación antes del 31 de diciembre, más pronto que tarde será una realidad.

Hasta ahí no se puede estar más que de acuerdo con un conjunto de cambios que evitarán, entre otros, miles de desplazamientos (nacimientos y defunciones se comunicarán al Registro Civil por vía telemática), acercarán las comunicaciones (uso de mensajes para avisar por móvil de la fecha de un juicio) o acabarán con la aislamiento entre sedes (intercambio seguro de información entre órganos judiciales y operadores jurídicos).

Otra cosa es reflexionar sobre otras consecuencias en un posible escenario a dos o tres años vista, cuando la Justicia Digital —entendida por el ministerio como sin papel y en red— adquiera título de cotidiana, al estilo de cómo concebimos hoy el funcionamiento de la Agencia Tributaria. Y es llegado a ese punto cuando viene a cuento la incidencia de la próxima  desaparición práctica del papel en la profesión de abogado.

Hoy ya son mayoría absoluta quienes tienen en una pantalla (de ordenador, de tableta o de móvil) su soporte de lectura habitual para prácticas tan frecuentes como analizar un expediente en PDF, acceder a una consulta de jurisprudencia a una base de datos documental o revisar la cuenta de correo electrónico. En los tres casos, e imperceptiblemente, puede que atendamos a otras tareas (contestar una llamada de teléfono o un wasap, fijar la vista en un banner de publicidad en la web…) mientras hacemos frente a la inicial.

Es justo de esa aparente ‘multicapacidad’ simultánea de la que nos hemos dotado de donde surge una de las inquietantes paradojas que nos ha traído el celebrado universo de las nuevas tecnologías. “Temo que la lectura digital esté cortocircuitando nuestro cerebro hasta el punto de dificultar la lectura profunda, crítica y analítica”. La frase, de la neurocientífica Maryanne Wolf, es sólo una invitación a la lectura de un interesante reportaje publicado por el diario ‘El País’ con el que bien podríamos empezar a imaginarnos en nuestra práctica profesional a medio y largo plazo.

El artículo del periódico, cuya extensión ya es en sí misma una provocación para comprobar si, efectivamente, se sostiene la tesis de los expertos consultados, pone el acento en la preocupación que despierta entre la comunidad científica el efecto de la exposición a Internet y las pantallas en la lectura profunda. Sin que debamos caer por obligación en anatemizar el uso de estas herramientas, arroja luz sobre una consecuencia indeseada que es probable que hayamos sufrido alguna vez.

 

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Abogado de empresa

¿Es un abogado de empresa menos abogado?

El XXI Congreso Nacional de la Abogacía y el I Congreso de la Abogacía madrileña han devuelto a la actualidad un viejo debate, irresuelto, en el sector jurídico de la Unión Europea: ¿Es un abogado de empresa menos abogado? ¿Carece por esta razón del amparo por el secreto profesional?

La cuestión fue traída en una de las ponencias del segundo de estos encuentros por Isabel Gómez Calleja, abogada de la empresa pública Renfe, recordando que 12 estados reconocen la misma protección para un letrado sea cual sea la vinculación con su cliente, mientras otros 13 no la amparan para quienes ejercen la profesión dentro de una compañía. Para completar la indefinición, un trío adicional de naciones no aclara en su ordenamiento esta controversia.

Parece ocioso a estas alturas recuperar en nuestro país un debate que nuestro edificio legal resuelve si hilamos lo establecido en el artículo 24 de la Constitución Española con lo preceptuado en la Ley Orgánica del Poder Judicial (respecto de la denominación y funciones del abogado), el Estatuto de la Abogacía (art. 32.1) y el mismo Código Penal (Art. 199).

Podría ser peregrina la discusión de no mediar la sentencia del denominado ‘caso Azko’ (TJUE, de septiembre de 2010), que estableció que para los abogados de empresa —en el ámbito del Derecho Comunitario de la Competencia— no existe secreto de empresa. Esto es que han de declarar sobre hechos que le fueran conocidos y no gozan de protección en caso de inspección de la Comisión Europea. ¿La tesis del fallo? El abogado de empresa está sujeto a una relación laboral que limita su independencia.

Lo que en su día pudo colegirse como una posición extemporánea con poco recorrido práctico se agravó en 2012 con la ‘sentencia Puke’, ahora con un giro surrealista, que fijaba la obligación de que para recurrir ante el mismo TJUE, el escrito correspondiente fuera firmado por un letrado “independiente y no vinculado por relación laboral con su cliente”.

‘Azko’ y ‘Puke’ revelan, además de una discutible y muy particular distinción del abogado en función de que cobre su trabajo a través de una minuta o de una nómina, una urgente necesidad de armonizar el Derecho de la UE en esta materia. Entre tanto, tomamos un apunte del presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, para fijar posición: “Todo lo que sea asesoramiento jurídico debe estar sometido a secreto profesional, independientemente de cuál sea la naturaleza de la relación profesional”.

 

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Publicidad de las sentencias por fraude fiscal

Sobre la publicidad de las sentencias por fraude fiscal

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado, con el voto de calidad de su presidente, Carlos Lesmes, el informe al que viene obligado para pronunciarse sobre el anteproyecto de ley orgánica por la que se regulará el acceso a la información contenida en las sentencias en materia de fraude fiscal.

El CGPJ avala, de esta forma, que la futura ley ampare la publicación de sentencias condenatorias —una vez adquieran carácter de firmes— en las que se considere probado un perjuicio a la Hacienda Pública. Entiende el consejo que esta difusión servirá al “interés general”, pese a admitir que en sí misma quepa un daño para el condenado por la posible afección a ciertos derechos individuales (al honor, a la intimidad y a la protección de datos).

La intervención decisiva de Lesmes se explica tras un empate a 10 votos (además de otro en blanco del magistrado Fernando Grande-Marlaska) y anticipa un camino accidentado para la tramitación parlamentaria del proyecto de ley, no sólo por el campo que pretende regular como por la cierta división de pareceres, muy encontrados,  revelada en el mismo CGPJ.

Así, de la decena de pronunciamientos contrarios al informe, hasta ocho se anunciaron acompañados de votos particulares que, en esencia, sostendrán que permitir al público el conocimiento de la identidad de un condenado por fraude fiscal lesiona los tres derechos ya citados, además de transformarse en una pena ‘accesoria’ de exposición pública —una suerte de escarnio— contraria a los principios de proporcionalidad, reinserción y resocialización recogidos en la Constitución Española.

En sentido contrario, el voto discrepante del vocal Álvaro Cuesta vendría a sostener que el anteproyecto se queda hasta corto, ya que considera necesarias más publicidad y transparencia en el combate contra quienes orillan sus obligaciones con el fisco.

Pese a que el CGPJ avala su parecer en la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional en cuanto a la relevancia pública de la información contenida en la sentencia penal firme, la división en dos mitades del pleno del consejo aconsejaría que el legislador encontrara —de no decaer este proyecto como otros muchos del Gobierno de Mariano Rajoy— la argamasa suficiente para que esta ley —recuérdese que promovida al calor de una indignación general por cientos de casos de corrupción o fraude contra el Erario— no quedase vacía de contenido efectivo por mor de ulteriores vicios ‘ocultos’.

Aun admitiendo la conveniencia de que el poder judicial (nacional o europeo) mantenga su necesario papel como supremo interpretador de la norma, nos ahorraríamos mucho tiempo y cierta frustración ciudadana si las Cortes son capaces de alumbrar un texto con la suficiente seguridad  —y el recomendable consenso— que, ‘mutatis mutandis’, eviten volver en unos años a la casilla de salida.

 

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