Eppur si muove

Los bancos (también) giran alrededor del sol

“Tener razón, demostrarla… y que te la den”. Más de un abogado habrá explicado a un cliente primerizo los tres principios sobre los que se asienta la resolución de casi cualquier asunto en materia jurídica. El dicho no tiene categoría de ley y – menos aún – vale la invocación de sus partes primera y segunda para que se nos conceda la tercera. No obstante, se revela como un sencillo esquema conceptual para entender lo que se viene encima cuando de pleitos tratamos.

Y vendría muy bien al caso para explicar el nuevo frente de indemnizaciones que ha provocado la sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 21 de diciembre pasado, que condena a bancos y cajas a devolver el dinero adelantado por clientes a promotoras de viviendas que no llegaron a construirse. El fallo de la Sala Primera de lo Civil del TS atiende el recurso de casación interpuesto por una clienta contra Banco Sabadell (como sucesor de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo, CAM) sobre protección de los derechos de los consumidores y usuarios.

Condena así el alto tribunal a la entidad bancaria, y sienta jurisprudencia para su aplicación en demandas del mismo contenido, a hacer frente solidariamente al perjuicio causado por decenas de empresas que captaron dinero a cuenta para la ejecución de promociones inmobiliarias que nunca comenzaron o – si lo hicieron – no llegaron a concluirse, mientras las empresas responsables entraban en concurso o desaparecían sin satisfacer a sus acreedores.

Así, el Supremo obliga a los bancos a devolver a los afectados las cantidades entregadas a cuenta de sus futuras viviendas ya que, como recuerda en la sentencia de la que ha sido ponente el magistrado ponente el magistrado Francisco Marín Castán, estaban obligados a avalar o asegurar tales entregas. La alegría financiera de los años de la burbuja inmobiliaria provocó un ‘olvido’ generalizado de esa obligación, que ahora ‘renace’ por imperativo del alto tribunal.

Y como suele suceder en estos casos en los que David vence a Goliat, la lucha contra el guerrero filisteo cabe personalizarla en una abogada, Cristina Juan Vidal, que tuvo el empeño personal y la sapiencia profesional para armarse de argumentos (“tener razón…”), invocar una ley de 1968 del régimen franquista (“demostrarla…”) y conseguir del TS una posición en consonancia (“… y que te la den”). La puerta abierta se asemeja muchísimo a la derrota del guerrero filisteo con una honda y una piedra y amenaza con abrir otra crisis de solvencia en el sector financiero español.

Además, y aunque obvio, recuerda el triunfo de esta abogada algunas certezas que permanecen frente al descrédito de nuestra clase política o el estado de desazón respecto del andamiaje institucional de España tantas veces invocado. Hay (todavía) justicia y hay (cómo si no) abogados dispuestos a reunir conocimiento y tenacidad para defender a sus representados. Tal que se atribuye a Galileo Galilei en la discusión sobre la traslación de los planetas del sistema solar, ‘Eppur si muove’.

 

Foto: Future Image Bank

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