Formación continua

La formación permanente del abogado

Los abogados deben tener una formación al mejor nivel. Sólo la formación permanente salvará a la profesión”. La frase fue citada en un tuit por Carlos Carnicer, presidente de la Abogacía Española, el pasado 16 de septiembre a cuenta del inicio del curso escolar 2015-2016. Y qué razón lleva, podemos añadir.

Puestos a tirar de frases que conecten el éxito profesional con el aprendizaje continuo encontraríamos miles de ejemplos en boca de personas que alguna vez hicieron bueno este principio: “Aprender es como remar contra corriente: en cuanto se deja, se retrocede”, dijo el compositor británico Benjamin Britten (1913-1976), más conocido por su impagable ‘Guía de orquesta para jóvenes’ (1946), una obra didáctica en la que adentra al profano en las características de cada sección de una formación musical de este tipo.

La idea de Britten es universal y aplicable a cualquier campo de actividad o conocimiento y entronca perfectamente con lo apuntado por Carnicer, quien al hablar de formación permanente nos recuerda que nunca es suficiente el conocimiento de una materia, o la destreza en una habilidad profesional, como para poder sostener que con lo que sabemos de esto o aquello nos basta.

Y no tanto porque no sea válido para atender una necesidad referida a nuestro trabajo, como porque puede ser que quien recibe el fruto de nuestro desempeño —un cliente, el despacho, la empresa o la administración para la que trabajamos, en el caso del letrado— espere de nosotros ‘algo’ más. Ese plus, también llamado excelencia, que distingue a los malos de los regulares, a los regulares de los buenos y a los buenos de los mejores.

El aprendizaje continuado —el reciclaje en estos tiempos— no deja de ser, por lo demás, la expresión de una actitud proactiva en la vida. Receptora ante nuevas interpretaciones del derecho, favorable al debate y curiosa —cuando menos— para bucear en las características de esta o aquella herramienta informática, tratando de averiguar si realmente puede hacernos más competentes.

El abogado del siglo XXI no puede conformarse con el simple manejo de las materias asidas durante su carrera y uno o varios posgrados. Esta base y la aportación de su práctica laboral posterior pueden hacerle pensar que son suficiente soporte. Nada más lejos de la realidad, nunca estará de más el aprendizaje adicional: cursos, jornadas, sesiones prácticas —presenciales o virtuales— o la simple asistencia a una vista como espectador son recursos tan frecuentes como diversos. Elegir adecuadamente ‘casi’ es el único requisito que debemos valorar.

De ahí la idea expresada por Britten cuando contrapone movilidad a retroceso. Una corriente que fluye frente a un estanque con agua que acabará, inevitablemente, empozada y luego putrefacta. La predisposición a la formación, al cabo, sería la admisión de que siempre queda algo nuevo cuyo conocimiento, en el peor de los casos, nos servirá para apuntalar ciertas certezas fundamentales. Y en el mejor, para hacer frente al día siguiente con un extra de autoestima que ninguna otra clase de estímulo puede superar.

 

Foto: 123rf

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1 comentario en “La formación permanente del abogado

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